Síntesis Legal 25/2018

Síntesis Legal 25/2018

Incremento del Beneficio del Cestaticket a partir del reajuste de la Unidad Tributaria

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Incremento del Beneficio del Cestaticket a partir del reajuste de la Unidad Tributaria

En la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.387 de fecha 30 de abril de 2018 se reajusta la Unidad Tributaria (UT) de 500 a 850 bolívares lo que, entre otros, incide en el pago del Cestaticket Socialista para los trabajadores y las trabajadoras que presten servicios en los sectores público y privado.

En tal sentido, se debe recordar que mediante el Decreto N° 3.233 de fecha 31 de diciembre de 2017 se ajustó la base de cálculo y modalidad para el pago del Cestaticket Socialista para los trabajadores y las trabajadoras que presten servicios en los sectores público y privado a Sesenta y Un unidades tributarias (61 U.T.) por día, a razón de treinta (30) días por mes, quedando de esta forma establecida la cantidad mínima a percibir por este concepto en Mil Ochocientos Treinta Unidades Tributarias (1830 U.T.) mensual, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Cestaticket Socialista para los Trabajadores y Trabajadoras, lo que con el incremento de la Unidad Tributaria equivaldría a la cantidad de un millón quinientos cincuenta y cinco mil quinientos bolívares sin céntimos (Bs. 1.555.500,00).

Este Decreto entró en vigencia a partir del 30 de abril de 2018.
 

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