Síntesis Legal 13/2018

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Delimitación del área geográfica del Bloque Ayacucho 01 de la Faja Petrolífera del Orinoco cuyas reservas respaldan la implementación de operaciones de intercambio financiero y comercial a través de criptoactivos

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Delimitación del área geográfica del Bloque Ayacucho 01 de la Faja Petrolífera del Orinoco cuyas reservas respaldan la implementación de operaciones de intercambio financiero y comercial a través de criptoactivos

En la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.354 de fecha 6 de marzo de 2018, fue publicada la Resolución N° 026 mediante la cual el Ministerio del Poder Popular de Petróleo delimita el área geográfica cuyas reservas estarán destinadas a respaldar la implementación de operaciones de intercambio financiero y comercial a través de criptoactivos, localizada en el Bloque Ayacucho 01 de la Faja Petrolífera del Orinoco, que se extiende en los Municipios Miranda y Monagas del Estado Anzoátegui con un área de 380,21 Km2, de acuerdo con las coordenadas que se encuentran especificadas en el cuerpo del referido instrumento.

La mencionada Resolución se dicta en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2° del Decreto N° 3.292 publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.347 de fecha 23 de febrero de 2018, según el cual el Ministro del citado Despacho “…establecerá el área geográfica correspondiente y su valoración económica, conforme a las técnicas aplicables de valoración en función de la realización de estos recursos en el ámbito energético internacional”; que a su vez deriva de la determinación que se realiza en el Artículo 1° del aludido Decreto Presidencial sobre “…el desarrollo potencial de 5.342 MMBN de Petróleo Original en Sitio, pesado y extrapesado” para respaldar la implementación de las operaciones a las cuales se hace referencia.

La Resolución en comento entró en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial.

 

 

 

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