Síntesis Legal 12/2018

Síntesis Legal 12/2018

Incremento de la Unidad Tributaria

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Incremento de la Unidad Tributaria

En la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.351 de fecha 1° de marzo de 2018 fue publicada la Providencia Administrativa SNAT/2018/0017 emanada el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante la cual se reajusta la Unidad Tributaria de trescientos bolívares sin céntimos (Bs. 300,00).a quinientos bolívares sin céntimos (Bs. 500,00).

Adicionalmente, el artículo 2 de la mencionada Providencia establece que cuando se trate de tributos que se liquiden por periodos anuales, la U.T. aplicable será la que esté vigente por lo menos ciento ochenta y tres (183) días continuos del período respectivo; y para los tributos que se liquiden por períodos distintos al anual, la U.T. aplicable será la que se encuentre vigente para el inicio del período; conforme con lo establecido en el Parágrafo Tercero del artículo 3 del Código Orgánico Tributario.

 

 

 

 

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