Síntesis Legal 5/2018

Síntesis Legal 5/2018

Vigencia de la alícuota especial de la rebaja del IVA

1000

Vigencia de la alícuota especial de la rebaja del IVA

8 de enero de 2018

Hasta el 31 de diciembre de 2017 estuvo vigente el Decreto N° 3.085 en el que se estableció una rebaja del Impuesto al Valor Agregado del tres por ciento (3%) en operaciones de ventas de bienes muebles y prestación de servicios efectuadas a personas naturales o jurídicas cuando el monto de dichas operaciones fuera menor o igual a la cantidad de dos millones de bolívares (Bs. 2.000.000,00) y del cinco por ciento (5%) cuando dichas operaciones fueran superiores a los dos millones de bolívares (Bs. 2.000.000,00), siempre que las mismas fueran realizadas a través de medios electrónicos.

En virtud del vencimiento del plazo de vigencia de la rebaja en comentarios, se infiere que a partir del 1° de enero de 2018 aplica nuevamente la alícuota general del doce por ciento (12%) establecida en el Artículo 62 del Decreto N° 1.435 mediante el cual se dictó el Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley que Establece el Impuesto al Valor Agregado, publicada en la Gaceta 6.152 Extraordinario del 18 de noviembre de 2014.

© 2024 Ostos Velázquez & Asociados, una sociedad venezolana y firma miembro de la organización global de KPMG de firmas miembro independientes de KPMG afiliadas a KPMG International Ltd, una entidad privada Inglesa limitada por garantía. Todos los derechos reservados. RIF: J-00256910-7.Para más detalles sobre la estructura de la organización global de KPMG, por favor visite https://kpmg.com/governance.

Contáctenos