Enmiendan la plana al tribunal fiscal

Enmiendan la plana al tribunal fiscal

Comentario de Roberto Casanova-Regis, Socio de Tax & Legal de KPMG en Perú

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El Juzgado Especializado en lo Tributario de Lima dejó por primera vez sin efecto un precedente de observancia obligatoria emitido por el Tribunal Fiscal anulando el cobro de intereses moratorios a una empresa cuando realiza una rectificación de su declaración de impuestos, dijo Roberto Casanova-Regis, socio de Tax & Legal de KPMG en el Perú.

La Sunat exigió el pago de intereses moratorios a una empresa de distribución de químicos, respecto a los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta (IR), ya que se determinó que existía un error en la base de cálculo. Este cobro, luego, fue convalidado por el Tribunal Fiscal señalando que los criterios vinculantes del Poder Judicial no eran aplicables para órganos administrativos. Sin embargo, el Juzgado Especializado en lo Tributario, indicó que este cobro de intereses no resulta exigible. Si bien el fallo puede ser apelado, opinó Casanova- Regis, difícilmente se revertirá la aplicación del precedente vinculante de la Corte Suprema. 

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