Nuevas obligaciones fiscales en la cadena de suministro de hidrocarburos y petrolíferos

Nuevas obligaciones en hidrocarburos y petrolíferos

Con la finalidad de fortalecer los mecanismos de supervisión y control de toda la cadena suministro de hidrocarburos y petrolíferos, así como reforzar el combate contra conductas ilícitas, el pasado 17 de abril de 2018 fue aprobado en la Cámara de Senadores el proyecto de reforma a diversas disposiciones federales para prevenir y sancionar los delitos cometidos en materia de hidrocarburos.

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Con la finalidad de fortalecer los mecanismos de supervisión y control de la cadena de suministro de hidrocarburos y petrolíferos, así como reforzar el combate contra conductas ilícitas, el pasado 17 de abril de 2018 fue aprobado en la Cámara de Senadores el proyecto de reforma a diversas disposiciones federales.

 

Este proyecto de decreto contempla modificaciones y novedades en cuanto a obligaciones fiscales para los contribuyentes que participan en la cadena de valor de la industria, en actividades tales como fabricación, producción, procesamiento, transporte, almacenamiento, distribución y enajenación de cualquier tipo de hidrocarburo o petrolífero, entre las que destacan:

 

  1. Contar con equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos
  2. Contar con dictámenes emitidos por un laboratorio de prueba o ensayo, que determinen el tipo de hidrocarburo o petrolífero de que se trate, además del octanaje en el caso de gasolina
  3. Asegurarse de que los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos operen correctamente en todo momento

 

Tales equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos, así como los dictámenes de laboratorio, deberán obtenerse de personas autorizadas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

 

En el proyecto también se considera el fortalecimiento de las facultades de comprobación de las autoridades fiscales para revisar los controles volumétricos, y el establecimiento de agravantes para las infracciones relacionadas con estos, que podrían implicar multas de entre uno y tres millones de pesos, además de sanciones de carácter corporal de entre tres y ocho años de prisión, bajo algunos supuestos de conductas ilícitas.

 

El proyecto considera un régimen transitorio, en el que la regulación relativa a los controles volumétricos entrará en vigor a los 30 días de la publicación del decreto en el Diario Oficial de la Federación, y las nuevas obligaciones deberán cumplirse una vez que surtan efectos las autorizaciones que emita el SAT.

 

Ante esta reforma con fines recaudatorios y de control de conductas ilícitas en la cadena de suministro de hidrocarburos y petrolíferos, resulta fundamental para las empresas evaluar los impactos de la misma, para poder actuar oportunamente y estar en posibilidad de dar cumplimiento a las nuevas disposiciones en tiempo y forma, sobre todo, por las sanciones que pueden implicar.
 

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